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INCORPORACIÓN DE MEJORES PRÁCTICAS PARA EL ENVÍO DE REPORTES

Autora: Frida Lucía Fernández Hernández.


En su informe emitido en enero de 2018 el Grupo de Acción Financiera (GAFI), señala respecto a este tema, que si bien los reportes de operaciones sospechosas han mejorado en forma general aún presentan deficiencias en cuanto al análisis y dictaminación de reportes que efectivamente cumplan con las características de operativas posiblemente relacionadas con el LD/FT, derivando en una preocupación acerca de que dichos análisis son inadecuados, es decir, presentan inconsistencias cualitativas.



El Organismo señala que en una economía mayormente basada en el efectivo, el sector bancario, parece representar el riesgo más alto, seguido por las casas de bolsa (que ofrecen servicios de transferencia de dinero/valores y manejan grandes montos de efectivo en dólares estadounidenses), además de varios proveedores de servicios monetarios (por ejemplo, casas de cambio, centros cambiarios y transmisores de dinero), debido a los tipos de actividades y servicios desarrollados, (por ejemplo, se pueden realizar operaciones en efectivo, operaciones de cambio, transferencias nacionales e internacionales, operaciones a través de comisionistas; productos o servicios que permiten que al menos una de las partes de la operación no sea identificada).


Al respecto y en general, se indica que la identificación y presentación de reportes de operaciones inusuales e internas preocupantes por parte de las Instituciones Financieras, ha mejorado significativamente en cuanto a cantidad, la calidad de estos sigue siendo un área de oportunidad tanto para los grandes actores financieros como para las empresas prestadores de servicios financieros más pequeñas, en un caso particular, para las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES E.N.R).


En este sentido, como resultado de una serie de reuniones de trabajo entre la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y los Sujetos Obligados; surge la necesidad de desarrollar y adoptar un instrumento que contenga elementos de análisis integrales con el objeto de facilitar el proceso de identificación de operaciones inusuales e internas preocupantes que remiten las Entidades a las a las autoridades competentes antes mencionadas.


Derivado del diagnóstico que efectuó la UIF respecto a la calidad de los reportes de operaciones inusuales e internas preocupantes remitos por el sector en 2017, se enlistan algunas de las características identificadas en los reportes analizados, que representan áreas de oportunidad para la implementación de las Mejores Prácticas. Entre los elementos más relevantes que se señalan, se presentan los siguientes:


  • Inconsistencias entre las alertas generadas y la dictaminación de la inusualidad, es decir, no hay una clara interpretación y descripción de la alerta que genera el reporte.

  • Omisión del perfil transaccional del cliente.

  • Omisiones en los datos de identificación del cliente que se trate.

  • La mayoría de los reportes no señalan operativas que contengan los elementos necesarios para ser relacionadas con la probable comisión de delitos relacionados con LD/FT u otros delitos.

  • No se identifica claramente la razón de la inusualidad, así como, la falta de indicadores concluyentes que determinen la operación.

En consecuencia, en ocasiones los reportes remitidos no cuentan con la información precisa que pueda ser relevante para cumplir con sus obligaciones. Por ello, el documento de Mejores Prácticas representa una guía complementaria y de apoyo para la correcta identificación de las operaciones, pues en ningún caso sustituye el envió de los reportes de 24 horas.


Derivada la importancia que tiene el presente tema para la detección de operaciones relacionadas con el Lavado de dinero y Financiamiento al Terrorismo, la UIF realiza las siguientes propuestas de mejora que a continuación se señalan:


- Replantear el contenido de descripción de la operación y la razón de la inusualidad, que incluyan los siguientes elementos:


  • Conocimiento del cliente o usuarios.

  • Identificación y datos generales del producto, usuario o servicio financiero.

  • Perfil transaccional.

  • Alerta.

  • Análisis de Alerta.

  • Análisis del contexto del cliente, usuario o empleado.

  • Gestiones realizadas por la SOFOMOM E.N.R; durante el proceso de análisis.

  • Determinación de la inusualidad.

- Enfocar los esfuerzos en el envío de Reportes de operaciones inusuales e internas preocupantes, asociados a operativas que pudieran estar relacionadas con LD/FT, esto es existencia de elementos posiblemente constitutivos de delito.


- Establecer mecanismos de administración de riesgos de LD/FT.


- Fortalecer la retroalimentación sobre la utilidad y la calidad de los reportes, enfocando sus recursos financieros, tecnológicos y humanos en la detección, elaboración y envío de los mismos, integrando el análisis lógico de la razón de la inusualidad y los elementos complementarios del conocimiento del cliente.


Es así como la elaboración de lo contenido en el instrumento de Mejores Prácticas permite generar conocimiento no sólo en materia de reportes, sino en el conocimiento de detección de tipologías propias de delitos ubicados en los supuestos de Lavado de Dinero, ya que para la UIF el envío de los mismos produce análisis operativos y estratégicos que generalmente sirven a la Procuraduría General de la República en el inicio de investigaciones para perseguir delitos, además de la importancia que tienen para recabar y usar una amplia variedad de información de inteligencia y de otro tipo también relevante para desarrollar análisis y producir buena inteligencia, como se señala en el informe de GAFI. Igualmente tienen un impacto sobre la detección de tipologías de identificación de delitos relacionados con el LD/FT, lo que serviría para compartir y retroalimentarse en el envío de sus reportes y la correcta identificación de operaciones derivadas de estos delitos en el plano financiero general, en línea con los riesgos de lavado de activos, es decir, en relación con las PEP´s, los productos financieros susceptibles para lavado de dinero, o tipologías e indicadores específicos de la evasión fiscal o la delincuencia organizada en su caso.



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