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LOS ACTIVOS VIRTUALES Y EL LAVADO DE DINERO

Autor: Guillermo Donjuán-Subdirector de Ingeniería Fiduciaria y Prevención de Lavado de Dinero.


Con el crecimiento del uso de las criptoactivos (Activos Virtuales, en la legislación mexicana), ha generado la preocupación de las autoridades reguladoras por la creciente posibilidad de que dichos medios, sean utilizados por los delincuentes para enmascarar sus actividades de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.



En la pasada reunión plenaria del Grupo de Acción Financiera Internacional, (GAFI), llevó a cabo la actualización de sus 40 recomendaciones, en especial la número 15 que tiene que ver con el uso de nuevas tecnologías; así como al glosario de términos que maneja, con la finalidad de aclarar la aplicación de estas en el manejo de activos virtuales; donde adicionalmente urgió a las jurisdicciones a regular a los proveedores de estos servicios.


Este posicionamiento, surge por los enormes flujos de dinero y la falta de controles relacionados con el mundo de las criptomonedas, esto también ha sido uno de los principales argumentos de la banca tradicional contra las criptomonedas y la redistribución del valor que plantean los criptoactivos es que estas herramientas sin fronteras, sin autoridad central, sin control y censura son un vehículo ideal para actividades delictivas y, especialmente, para el lavado de dinero. Según voceros y representantes de distintas instituciones bancarias y financieras a nivel global los criptoactivos como Bitcoin son una herramienta ideal para este tipo de crímenes.


Por ello es importante destacar que nuestro país sea vanguardia en este sentido.

La Ley Fintech, aprobada durante la última edición de la Convención Bancaria celebrada en Acapulco, busca regular a las instituciones de tecnología financiera y los Activos Virtuales, aplicado medidas de control en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo y para dar mayor seguridad sobre sus operaciones, y es un parteaguas en la región, al ser promulgada antes que GAFI se posicionará al respecto.


Aunque se ha dicho que la Ley Fintech tiene el gran pendiente respecto de la autorización de las criptomonedas, como el Bitcoin, que operarán en México, el Banco de México será el encargado en establecer las reglas para permitir o no estos activos virtuales, que podrán manejar tanto las fintech como la banca.


Actualmente, existen plataformas que permiten a las personas comprar y vender criptomonedas como Ethereum, Litecoins o Bitcoin, que corren sobre un software conocido como blockchain que ha probado incluso la banca.


Pero tratar de regular un activo que acumula cada vez más inversionistas no será tarea fácil. Es de los grandes riesgos, no nada más para el Banco Central en México, sino a nivel global, como ya lo ha manifestado GAFI.


Por todo lo anterior, es de suma importancia destacar que La unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP haya emitido un criterio para determinar y prohibir el uso de los llamados “Activos virtuales” para la liquidación de actividades vulnerables, se han determinado restricciones a su uso, dada la dificultad para rastrear y controlar el valor y origen de su valor.



El Bitcoin, una moneda virtual sin un respaldo legal ni material es el claro ejemplo de lo que se pretende evitar como medio de pago en esta materia.


La prevención de lavado de dinero a través de los activos virtuales apenas inicia, pero los pasos dados por las autoridades reguladoras en México han sido certeros.


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